lunes, 8 de agosto de 2016

Río de Janeiro 2016: Blindaje Digital


El viernes pasado comenzó la XXXI Olimpiada en Río de Janeiro. El evento ha significado un suerte de contrariedades políticas, económicas y sociales al interior del país. Para muchos, es un espectáculo internacional que ocurre cada 4 años. 

El aprendizaje de fondo en estos eventos nunca deja de sorprender. Más allá del despliegue logístico, técnico y tecnológico, los Juegos Olímpicos de Río 2016 está dejando claro que todavía queda mucho que aprender y todavía mucho más que enseñar.

Un evento de estas proporciones ofrece de fondo un despliegue interminable de subproductos, como el contenido, resultados, estadísticas y específicamente para nuestro deleite, los conceptos creativos aplicados a elementos artísticos, invenciones, diseño gráfico e industrial que requieren protección en materia de propiedad Intelectual.

¿Cómo blindar intelectualmente en una era digital donde la información es la moneda de cambio del futuro?

Los acuerdos digitales

Existe un documento llamado "Normas de Acceso a la Información para la Difusión de los Juegos de la XXXI Olimpiada, Río de Janeiro 5-21 de 2016", que establece una serie de políticas fundamentadas en el Convenio de Bruselas sobre la distribución de señales portadoras de programas transmitidas por satélite (1974) y el Tratado de la OMPI sobre Derecho de Autor (WTC) de 1996.

El primero establece las bases para la distribución de contenidos limitados a las zonas de distribución en los diversos países que se conforman y el segundo sobre los derechos de distribución, alquiler y comunicación pública a través de los medios digitales.

Estos elementos son clave para blindar los servicios de comunicación para los Juegos Olímpicos a través de los medios digitales.

Gracias a ello, el material olímpico no se puede difundir en servicios de información contínua o información deportiva On Demand. Todo el material que sea aplicado a formatos de animación gráfica cono GIF, GFY, WebM o Vines no se pueden transmitir regionalmente o generar su transmisión sin autorización por escrito.

Quien lo realice puede hacerse merecedor de multas y revocación sobre las autorizaciones de acceso a las instalaciones olímpicas.

"Los juegos de todos": El gran debate

El COI ha sustentado como titular de los derechos de autor contemplando:
  • Los juegos olímpicos y todos los actos relacionados con éstos
  • El valor adicional asociado con los mismos
  • Cualquier derecho, título o interés de todo tipo y relación con la organización
  • Difusión cobretura y exhibición de los Juegos Olímpicos
  • Explotación, representaciòn, grabación, comercialización, reproducción, acceso y divulgación por cualquier medio o procedimiento existente y de nueva creación con fines de lucro directo e indirecto.
La identidad gráfica también está protegida en:
  • Bandera
  • Lema
  • Identificaciones (el término Juegos Olímpicos y Juegos de la Olimpiada en todos sus idiomas)
  • Designaciones
  • Emblemas
  • La llama Olímpica
  • Las antorchas
  • Símbolos olímpicos colectivos o individuales
 Solamente se pueden difundir libremente las ruedas de prensa y eventos señalados por el COI.

Aplicación en Internet

En los últimos años, el tema de la difusión de contenidos sobre los Juegos Olímpicos había minimizado el interés de cubrir el evento y pagar los derechos de transmisión, porque la disponibilidad digital había disminuido el valor económico y publicitario.

La presión de los medios se hizo presente en los Juegos de Londres, referidos como los Juegos del "Ambush Marketing" o Marketing de emboscada. Este tipo de marketing implica cosechar beneficios de marketing a partir de "emboscar" los eventos más representativos y aprovecharse de sus beneficios, sin estar autorizado de forma directa para comercializar publicidad a partir de ello. Desde los Juegos de Atenas se anticipó el uso de  derechos para internet, sin embargo, en esta edición de los Juegos Olímpicos, se ha concretado el uso de aplicaciones y controles más estrictos para el acceso a los contenidos digitales y su difusión.

En México, Claro Sports aprovechó la infraestructura de Telecomunicaciones y los servicios Infinitum que provee América Móvil a través de Telmex en los distintos territorios que cubre su infraestructura.

El control de la publicidad está restringida a cada zona y su venta previa asociada a las zonas económicas y niveles de mercado estratégico que consumen el concepto de Juegos Olímpicos.

Conclusión

La estrategia de medios digitales aplicada por el Comité Olímpico International sienta las bases para el control de eventos masivos y su comercialización concreta. Aunque es difícil que se pueda promover a niveles inferiores de usuarios, es acertado crear una estrategia de seguridad y control bien recibida, aceptada y entendida por el mercado objetivo en este tipo de eventos.

Las aplicaciones móviles y los servicios de restricción a contenidos generados por las centrales de servicios como América Móvil en México, han demostrado que la segmentación de audiencias se puede controlar y con ello la publicidad se ve mejor retribuida.

Los dilemas éticos y morales sobre el control de los Juegos Olímpicos siempre serán debatibles, pero es una realidad que la hermandad, el deporte y la publicidad se suman en un producto que sigue atrayendo a millones de seguidores alrededor del mundo. El internet nunca ha sido gratis y hoy nos acercamos a una etapa más estable en la captación de recursos.

Rafa Mendoza escribe para Ad Libitum
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