martes, 4 de noviembre de 2014

Freelance Online: Una fantasía sobre los contratos profesionales...


Ultimamente se han popularizado mucho las plataformas de ofrecimiento de servicios freelance.

Estos sitios impulsan a profesionales a registrarse para obtener trabajos por proyecto mejor conocido como "freelance", calificar para ellos y cobrar una comisión si este se llega a realizar.

Un profesional debe abrir su perfil, insertar su curriculum laboral y postularse para las opciones de contratación que solicitan trabajos de profesionales.

¿Será esta una plataforma adecuada para servicios en audio producción?

Un ejemplo habla más que mil palabras...

Navegando recientemente en uno de estos sitios, encontré la siguiente propuesta de trabajo que me hizo reflexionar para escribir este blog. Leamos con atención:

MUSICA: CONTRATO POR ENCARGO

Composición musical de 4 minutos aproximadamente.

Tema: Protección del medio ambiente.
Instrumento: solo piano.
Influencia musical para el tema musical: Yiruma, Jim Brickman, Joe Bongiorno y Rob Costlow.
Aceptación de feedback sobre los avances.
Copyright compartido entre el creador (freelancer) y el autor corporativo (quien encarga el servicio).
El título será elegido entre los autores.
Detalles adicionales también serán acordados entre los autores.
El autor corporativo podrá usar libremente el tema musical, entendiéndose que el creador
ha efectuado la transferencia al autor corporativo de todos los derechos de propiedad intelectual.
La mención del copyright compartido es para efectos de reconocer la coautoría,que permanece inalterable.
Publicación del audio por el creador en la plataforma soundcloud.
Entrega mediante correo electrónico del audio. Calidad del archivo: alta calidad.
El creador proporcionará un pequeño perfil biográfico de 70 palabras aproximadamente.
Plazo de entrega: 10 días hábiles.

Hasta aquí todo parece sano hasta que hacemos la siguiente reflexión.

Clientes fuera de la realidad...

El proyecto está redactado por alguien que utiliza referencias muy específicas pero con un total desconocimiento sobre los derechos de autor. 

De entrada quiere basar su cotización en la duración final del material. Ningún proyecto de este tipo se basa en la duración final, sino en el tiempo de desarrollo que el artista utilizará para crearlo.

Solicita que el tema esté influenciado por 4 referencias. El primer problema llega con la condición "Aceptación de Feedback sobre los avances". Esto se traduce mejor como "si no nos gusta puede ser que tengas que componer 3 o 4 veces para que lo aceptemos".

También solicita que el autor "corporativo" (primera vez que encuentro este termino para un trabajo freelance), podrá usar libremente el tema musical, "entendiéndose que el creador ha efectuado la transferencia al autor corporativo de todos los derechos de propiedad intelectual". 

Ya hemos planteado en artículos sobre derechos de autor, que TODOS, absolutamente TODOS los derechos de propiedad intelectual son INTRANSFERIBLES. Por tanto, el "autor corporativo" no puede utilizar dichos derechos a menos que obtenga una LICENCIA DE USO por parte del autor del tema. 

Las obras por encargo no son propiedad del que las paga, sino de quien las crea y ofrece una licencia libre a perpetuidad en favor de un grupo corporativo o su representante. Aún así, los periodos de renovación de licencia pueden ser negociados antes de producir el tema.

El copyright compartido no exime al autor original de su autoría, aún cuando quede asentado en un acta de registro porque es proporcional al origen de la obra. 

Conclusión

Como este, existen muchos proyectos que Nubelo, Freelancer y otras plataformas de trabajo online ofrecen a diversos sectores creativos . Nada ampara al creativo del buen "gusto" de los contratantes, puesto que aunque existe una garantía de entrega por depósito, no se puede regular la calidad  de un proyecto en línea de esta forma. 

Los clientes de estos sitios solicitan cosas tan intangibles como "una edición atractiva e innovadora", "sonidos de impacto comercial", "atrayente y con enfoque de venta". Todos estos términos tan mal utilizados generan frustración y hablan mucho del control que puede ejercer el contratante para un trabajador freelance. Estos sitios cumplen con el enlace y cobrar por el acto de contratar. 

Si deseas trabajar en alguna de estas plataformas, lo mejor sería establecer un contacto directo con el cliente y establecer los términos y garantías basados en tu experiencia. No es malo obtener los contactos en estas redes. Pero aún dista mucho de ser un servicio que realmente ofrezca una experiencia real de negociación virtual.

Para cerrar me gustaría decir, que los derechos de propiedad intelectual no están contemplados en las políticas de estos sitios, aún cuando son el valor fundamental para realizar proyectos creativos.

Ojalá que esto cambie y mientras yo recomendaría mantenerse alejado de este tipo de proyectos hasta que no exista una verdadera cultura por la comercialización de servicios online.

Rafael Mendoza realiza proyectos freelance y produce en Ad Libitum
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